Derechos de Autor

Tu obra es tu legado
- Que sea original.
- Que se exprese por cualquier medio.



¿Debo inscribir mi obra para tener protección?
NO. La legislación chilena se adhiere al sistema continental de derechos de autor, que reconoce automáticamente la autoría desde el momento de la creación de la obra.
La inscripción de una obra constituye prueba en favor de la titularidad del autor sobre la obra creada. Este trámite se realiza en el Departamento de Derechos Intelectuales -DDI-.
¿En qué consiste la protección de los derechos de autor?
La protección que entregan los derechos de autor se basan, principalmente, en la facultad del autor para explotar económicamente su obra -DERECHOS PATRIMONIALES-, ya sea, de forma individual o autorizando a terceros mediante licencias.
En el proceso creativo surge un vínculo directo y personal entre el autor y su obra. Este vínculo se reconoce con los denominados DERECHOS MORALES, estos son, el derecho a ser conocido como autor de la obra, el derecho a oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación sin su consentimiento, mantener la obra inédita, usar un seudónimo como nombre de autor, entre otras prerrogativas de índole moral que se conceden al autor de la obra.
¿Cuánto cuesta la inscripción?
El valor por la inscripción de canciones, libros, fotografías y otras obras literarias, artísticas o científicas: $80.000.- (incluye tasas y envío de certificado de inscripción).